Fuente: https://revistaempresarial.com/legislacion/administradores-y-su-responsabilidad-frente-a-la-sociedad-accionistas-y-o-terceros/
Administradores y su responsabilidad
El Código de Comercio establece que los administradores son solidaria e ilimitadamente responsables por los perjuicios causados a la sociedad, a los socios o a terceros por dolo o culpa.
En este sentido, la norma presume la culpa en el caso de (i) violación a la ley o los estatutos de la compañía y (ii) distribución de dividendos en violación al régimen de mayorías. En cualquiera de estos escenarios, la carga de probar la inexistencia de culpa está en cabeza del administrador y no de la persona que inicia la acción en contra.
Adicionalmente, el estándar de responsabilidad de los administradores es bastante exigente. Lo anterior debido a que la Ley establece que los administradores son responsables de la culpa leve de tal forma que la diligencia que se exige a los administradores es el cuidado requerido en sus propios negocios.
Sin perjuicio de lo antes indicado, se debe tener presente que esta responsabilidad no aplica para administradores (especialmente para miembros de la junta directiva de la compañía) que no tienen conocimiento de la acción u omisión relevante o para aquellos que votaron en contra de dicha acción u omisión (siempre y cuando estos administradores no hayan ejecutado esta decisión). Al respecto, resulta conveniente resaltar que “(…) no estarán sujetos a dicha responsabilidad, quienes no hayan tenido conocimiento de la acción u omisión o hayan votado en contra siempre y cuando lo la ejecuten (…)” (artículo 200 del Código de Comercio, modificado por la ley 222 de 1995).0
Igualmente, la responsabilidad de los administradores no puede limitarse ni excluirse en los estatutos de la sociedad. En este sentido, los administradores no pueden iniciar acciones judiciales contra la compañía por perjuicios causados por ellos, ni recuperar de la sociedad las sumas que hayan sido obligados a pagar como resultado de sanciones o multas impuestas por las autoridades como consecuencia del incumplimiento de obligaciones legales o estatutarias.
¿Cuáles son los deberes de los administradores?
Los administradores deben actuar (i) de buena fe, con lealtad y la diligencia de un buen hombre de negocios y, (ii) protegiendo los intereses de la compañía y, en segunda medida, el interés de los socios, entre otros (artículo 23 de la Ley 222 de 1995).